Através de un comunicado de la Casa Real, fechado el 3 de agosto de 2020, el Rey Felipe VI informó a los españoles de la salida del territorio nacional de su padre. Según el Palacio de la Zarzuela, Juan Carlos I había remitido una carta a su sucesor explicando (de forma esquemática) el motivo de su traslado: la protección a la Monarquía ante la repercusión pública de “ciertos acontecimientos pasados de mi vida privada”. En el comunicado del 3 de agosto no se menciona el destino geográfico del ‘Rey Viejo’. Tampoco la duración de la estancia en el exterior de Juan Carlos de Borbón. Pocos días después se conoció que el emérito se había desplazado a Abu Dabi, cuyo presidente –Jalifa bin Zayed– es amigo íntimo del rey viajero.
La deslocalización del ‘Rey Viejo’ fue el resultado de un pacto familiar. Padre e hijo acordaron la emigración a Abu Dabi del “piloto del cambio”. Con el visto bueno de La Moncloa. Un convenio a tres bandas que demuestra que el asunto trasciende el ámbito privado de Juan Carlos I y su hijo varón. Máxime cuando la expatriación regia se realizó en un contexto jurídico definido por las investigaciones de las fiscalías española y suiza sobre los posibles ilícitos penales del antiguo inquilino de la Zarzuela (blanqueo de capitales y varios delitos contra la Hacienda española). Juan Carlos goza de la presunción de inocencia, pero un fiscal solo se pone a trabajar cuando detecta indicios racionales de criminalidad en la conducta de una persona.
Ha pasado inadvertida la calificación de Abu Dabi como paraíso fiscal. El rasgo dominante de dicha categoría es la falta de transparencia y nula colaboración con los demás estados. Abu Dabi es uno de los siete territorios que albergan los Emiratos Árabes Unidos (EAU). España aprobó en 1991 una lista cerrada de paraísos fiscales. En dicha relación figuran (núm. 7) los EAU. La lista se actualizó en 2003 y de ella no han salido los EAU. En la actualidad, el Congreso tramita un Proyecto de Ley que modifica el concepto de paraíso fiscal (o “jurisdicción no cooperativa”) que obligará a la Hacienda española a establecer una nueva lista negra. Pero, mientras tanto, conserva todo su vigor la relación de 1991. Hasta ahora los EAU no han aparecido en la crónica fiscal de JC. Sin embargo, no cabe descartar la hipótesis de la existencia de cuentas reales en el emirato, como tampoco la entrada en el país –en la mochila del viajero– de documentación comprometedora.
En teoría, el Reino de España y los EAU cooperan en la jurisdicción penal gracias a la firma de un tratado de extradición. Sin embargo, el tratado permite denegar la extradición por razones “de edad o el estado de salud” del afectado. También puede rechazarse la entrega si el posible delito se hubiera cometido fuera de ambos países. No existe tratado de extradición entre Suiza y los Emiratos.
El ‘Rey Viejo’ tiene un blindaje de oro. Llegado el caso de una rendición de cuentas en España, la solución del enigma dependería de su voluntad soberana. Felipe VI y Pedro Sánchez nos deben una explicación. Creo.